Dubái, Emiratos Árabes Unidos – La Ley de Dubái N.º (1) de 2024 sobre la tributación de los bancos extranjeros ha introducido cambios significativos en el panorama tributario de los bancos extranjeros que operan en el Emirato. A continuación, se ofrece una breve descripción general:
Cambios clave:
Estructura Tributaria: Anteriormente, los bancos extranjeros estaban sujetos a un impuesto del 20% sobre sus ingresos imponibles anuales a nivel de los Emiratos. Con la nueva ley, ahora están sujetos al impuesto federal sobre la renta corporativa, pero pueden reclamar un crédito fiscal equivalente al impuesto federal pagado.
Alcance: La ley se aplica a todas las sucursales de bancos extranjeros autorizadas por el Banco Central de los EAU que operan en Dubai, excepto aquellas en el Centro Financiero Internacional de Dubai (DIFC).
Cálculo de la renta imponible: El cálculo de la renta imponible sigue las disposiciones señaladas en la Ley del Impuesto sobre Sociedades, con reglas específicas autorizadas por el Director General del Departamento de Finanzas en ciertos casos.
Requisitos de conformidad: Los bancos extranjeros deben presentar declaraciones de impuestos dentro de un plazo específico, acompañadas de estados financieros auditados y detalles de los impuestos corporativos federales pagados.
Divulgación voluntaria: La ley introduce un mecanismo de divulgación voluntaria, que permite la corrección de declaraciones de impuestos incorrectas dentro de los 30 días siguientes a su descubrimiento.
Sanciones: Los detalles de las multas por infracciones se especificarán en los reglamentos ejecutivos, con sanciones por infracciones administrativas, pagos tardíos y evasión fiscal.
Implicaciones y asistencia
Los bancos extranjeros que operan en Dubái o que planean establecerse allí deben garantizar el cumplimiento de la nueva ley. Nuestro equipo de expertos en materia fiscal está capacitado para brindar orientación y apoyo para una adaptación eficaz a los cambios regulatorios.