PROHIBICIÓN DE VIAJES EN LOS EMIRATOS ÁRABES UNIDOS
El tercer capítulo de la Constitución de los Emiratos Árabes Unidos, que trata de las libertades, derechos y deberes públicos, estipula en su artículo 29 que “Se garantiza a los ciudadanos la libertad de circulación y la libertad de residencia dentro de los límites que establezca la ley”Esto significa que a una persona no se le puede prohibir ni impedir viajar fuera de los EAU, a menos que la ley permita tal deportación o prohibición.
Se pueden ordenar prohibiciones de viaje en situaciones relacionadas con asuntos personales, investigaciones penales o deudas. Este artículo se centrará en los riesgos de prohibición de viaje que pueden surgir en “situaciones de impago de pagos” como la emisión de cheques sin fondos y deudas impagadas.
1/ Prohibición de viajar en caso de investigación criminal
Cuando se presente una denuncia penal por la emisión de cheques sin fondos contra una de las partes, se le aplicará automáticamente una prohibición de viaje. Se enviará un aviso de la orden de prohibición de viaje a todos los cruces fronterizos del estado.
Los cheques sin fondos están clasificados dentro de los delitos contra el título de propiedad del Código Penal de los EAU (en su forma enmendada) ("ORDENADOR PERSONAL") y se considera engaño. El artículo 401 del Código Penal estipula en particular que “Será reprimido con prisión o multa el que de mala fe girare un cheque sin fondos suficientes o, después de entregarlo, retirare todo o parte de los fondos, de modo que el saldo restante sea insuficiente para cubrir el importe del cheque, o diere orden al girado de suspender el pago, o si deliberadamente redactare o firmare el cheque de tal manera que se haga impagable.”
Estos delitos requieren una denuncia ante la policía y un nuevo proceso penal ante las autoridades públicas, que requieren una media de nueve meses para obtener una sentencia firme. Por ello, se requieren medidas provisionales para evitar que el acusado viaje antes de que se cierre el caso. En ese sentido, A los emisores de cheques sin fondos se les prohibirá automáticamente viajar si se presenta una denuncia penal en su contra.
2/ Prohibición de viajar solicitada por los acreedores
Por ley, los acreedores pueden solicitar que se prohíba a los deudores viajar de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 329 de la Ley de Procedimiento Civil de los EAU (en su forma enmendada). El acreedor tiene derecho a solicitar al juez competente una orden que prohíba al deudor viajar si se cumplen los siguientes requisitos:
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Primero: si hay razones serias para creer que el deudor podría escapar;
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Segundo: si la deuda no es inferior a 10,000 AED;
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Tercero: si se cumple alguna de las condiciones siguientes:
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La deuda es conocida y pagadera incondicionalmente; o
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Si la deuda no es de cuantía determinante, el juez estimará su importe mediante estimación provisional, siempre que se cumplan las dos condiciones siguientes:
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La reivindicación del derecho deberá basarse en pruebas escritas.
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El acreedor deberá prestar fianza en la que garantice cada falta o perjuicio que afectaría al deudor por la prohibición de viajar si se ha probado que el acreedor no tiene derecho a sus pretensiones.
Una vez dictada la orden de prohibición de viajar, el juez podrá ordenar el depósito del pasaporte del deudor en el juzgado y circulará la orden de prohibición de viajar por todos los pasos fronterizos del Estado. El deudor podrá reclamar por la vía prevista para la reclamación de las órdenes en los escritos de demanda.
El artículo 330 del Código de Procedimiento Civil de los EAU regula la duración y la extinción de la orden de prohibición de viajar. La orden estará en vigor hasta que, por cualquier motivo, expire el compromiso del deudor con su acreedor. Además, en determinados casos, el juez competente puede ordenar la extinción de la prohibición de viajar:
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Si se extingue alguna de las condiciones requeridas para la prohibición de viajar.
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Si el acreedor acepta, por escrito, la extinción de la orden.
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Si el deudor presenta garantía bancaria o fiador solvente aprobado por el juez.
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Si el deudor deposita en el tribunal una suma de dinero igual a la deuda y a los gastos, y la destina al pago en derecho del acreedor a cuya petición se ha expedido la orden, esta suma se considerará confiscada por el poder de la ley en beneficio del acreedor.
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Si el acreedor no presenta al juez lo que prueba la prosecución de la acción de la deuda dentro de los ocho días de dictada la orden de interdicción, o si no inicia la ejecución de la resolución definitiva dictada a su favor dentro de los treinta días de la fecha de su dictado definitivo.
Si necesita ayuda en el futuro sobre este asunto, no dude en ponerse en contacto con nosotros en United Advocates.